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IX Congreso - ALAP 2020 Resumo: 10414-1

10414-1

Diferentes formas de implicación paterna tras la separación: el pago de la pensión alimenticia después de una unión matrimonial o consensual

Autores:
Teresa Martín García
1 CSIC - Teresa Martín García, 2 Universidad Complutense de Madrid - Julia Cordero, 3 CSIC - Teresa Castro Martín, 4 Universidad de Educación a Distancia - Marta Seiz

Resumo:

Uno de los cambios demográficos más destacados que han tenido lugar en España en las últimas décadas es la disminución del peso del matrimonio en la formación familiar. Al igual que en otros países europeos, la unión consensual es cada vez más frecuente como paso previo al matrimonio y, hoy en día, constituye un marco socialmente aceptado en el que tener hijos. La proporción de nacimientos que tiene lugar en parejas cohabitantes ha alcanzado el 30% en 2018. Como resultado de esta convergencia, hay una literatura creciente que analiza los rasgos comunes y divergentes entre ambos tipos de unión. Una cuestión crucial es si la cohabitación constituye un contexto para tener y criar hijos cada vez más similar al matrimonio o si mantiene características particulares relevantes. En este estudio abordamos una pregunta apenas planteada en el contexto español; a saber, si estas dos uniones difieren en la implicación del padre tras la separación. En concreto, analizamos si hay diferencias en la provisión de pensión alimenticia a los menores dependiendo del tipo de unión existente entre los progenitores antes de la separación. Aunque legalmente los hijos ostentan los mismos derechos con independencia del tipo de unión en la que nacieron, las parejas cohabitantes pueden elegir separarse sin intervención judicial y acordar de forma privada la manutención de los hijos, lo cual puede conllevar un menor cumplimiento. Las uniones de hecho también podrían asociarse con menores niveles de compromiso o unas circunstancias económicas de mayor incertidumbre, lo que asimismo podría tener un efecto negativo sobre la provisión de pensión alimenticia. Por otro lado, las parejas cohabitantes podrían ostentar valores más igualitarios y esto podría favorecer un mayor compromiso del padre con sus hijos después de la ruptura.

Para realizar nuestro análisis recurrimos a la Encuesta Española de Fecundidad 2018, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística. Aplicamos análisis de regresión logística y lineal de probabilidad a una muestra de 905 mujeres que viven con su(s) hijo(s) después de la ruptura de una relación matrimonial o de cohabitación. Puesto que la encuesta no incluye información sobre el régimen de custodia, limitamos el análisis a las mujeres cuyo(s) hijo(s) vivió(vivieron) principalmente con la madre durante el primer año después de la separación, siendo ésta una medida aproximada de custodia exclusiva. Encontramos que las madres anteriormente casadas tienen una mayor probabilidad de recibir la pensión alimenticia que las que cohabitaron. La diferencia es modesta, pero estadísticamente significativa. Los análisis incluyen como controles la edad y el sexo del hijo, la duración de la convivencia familiar, el tiempo desde la separación (teniendo en cuenta si se produjo antes o después de la aprobación del Fondo de Garantía de Alimentos), y características sociodemográficas básicas de la madre.

Palavras-chave:
 pensión alimenticia, paternidad , España